PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA INSTITUCIONAL.
Las relaciones interpersonales e ínter-estamentales estarán regidas por los principios pedagógicos de convivencia para:
⦁ Reconocer el error como un elemento pedagógico, punto de partida en la búsqueda de soluciones y transformación de aprendizaje.
⦁ Reconocer debilidades, oportunidades y fortalezas que propicien conocimiento y señalen distintas formas de relacionarse.
⦁ Propiciar soluciones adecuadas y lograr una sana convivencia dentro de la institución proyectada hacia la ciudad (Ley 1620 de 2013).
La sanción pedagógica como regulación social para mejorar y cambiar comportamientos que interfieran en la convivencia diaria.
Los anteriores supuestos están regidos por los siguientes principios:
⦁ De equivalencia: cometida una falta, la sanción que se determine, deberá en cualquier caso ser proporcional o equivalente a la falta cometida.
⦁ De equidad: este principio puede estar en dos sentidos: tratamiento igual para todo aquel que cometa una falta. La falta no debe recibir más de una sanción.
⦁ Legalidad: reconocimiento de la Constitución Nacional como marco jurídico que orienta y regula las pautas de convivencia de los ciudadanos y las comunidades; entre ellas la educativa.
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